SUELDO NOMINAL
Se entiende por SUELDO NOMINAL aquel que no posee ningún
tipo de descuentos. A sí mismo, corresponde al sueldo “que no percibe el
trabajador en la mano”, si no que es el costo en que incurre el patrón o
empresa al contratar mano de obra.
DESCUENTOS DEL SALRIO
Solo se admiten descuentos al salario autorizados por ley o
por convenios colectivos.
Así por ejemplo, el trabajador podrá autorizar que se le
descuente de su salario el pago a una coronaria móvil, servicio fúnebre,
cooperativas de ahorro, entre otros.
Sin embargo por ley podrán realizarse por retenciones, por
créditos impagos, pensiones alimenticias y los aportes a la seguridad social.